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Código de Procedimientos Penales Artículo 445 bis Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 445 bis. Sentencia condenatoria

La sentencia contendrá: 

I.- El órgano jurisdiccional que la emita;

II.- Lugar y fecha;

III.- Los datos de identificación del imputado;

IV.- Los datos de identificación de la víctima, y en su caso, del ofendido;

V.- Un extracto de los hechos;

VI.- Las consideraciones que la motiven y fundamentos legales;

VII.- La condena o absolución;

VIII.- La individualización de la sanción;

IX.- La reparación del daño;

X.- Los beneficios procedentes; y

XI.- Los puntos resolutivos.



Estado de Puebla Artículo 445 bis Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...444 445 445 bis 445 ter 446 ...551

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